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PROTECCIÓN DEL ALQUILER

 

Caser Alquiler ATODORIESGO
Protege tu inversión asegurando el impago de las rentas de tu vivienda alquilada

  1. PEDIR PRESUPUESTO


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Te ayudamos a elegir tu inquilino


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Te protegemos del impago


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Te indemnizamos por destrozos

Pagamos antes

Desde que se pone la demanda de desahucio

Pagamos mejor

Todas nuestras garantías son sin periodo de carencia

Pagamos siempre

Incluso aunque el inquilino se declare insolvente

 

 

 



Coberturas Básicas


✔  Te garantizamos el reembolso de las rentas mensuales, consecutivas o alternas, acordadas en el contrato de arrendamiento por el alquiler de la vivienda, que estén vencidas y no pagadas por el inquilino, hasta el total asegurado que se haya indicado en Condiciones Particulares.




✔  Si se produjees el desahucio del inquilino por impago, te garantizamos adicionalmente la substitu de las cerraduras de las puertas de acceso a la vivienda por otras similares, con un máximo de 200€, incluyendo en el importe aquellos gastos de apertura si se hubieran producido.




✔  Te cubrimos el pago de los recibos de suministros de electricidad, gas y agua que estén impagados o devueltos por el inquilino en el momento del desahucio y que puedan generar el un cese de dichos suministros a la vivienda, hasta el cinco por ciento de la suma asegurada por impago del alquiler.




✔  Asistencia urgente para cualquier problema que les surja a tus inquilinos. Cubrimos el desplazamiento y las tres primeras horas de mano de obra


► Fontanería

► Cerrajeros

► Cristalería

► Electricistas

► Muchos otros profesionales que reparen cualquier avería o desperfecto en la vivienda alquilada



✔  Si tienes que asistir a la justicia para poder cobrar tus rentas, nosotros te asistimos desde el primer momento.

► Cubrimos hasta 3.000€ en todos los procedimientos, sean judiciales o arbitrales, en los siguientes supuestos:

► Desahucio. Reclama de las rentas, tanto por vía judicial como amistosa.

► Reclama de daños

► Reclama a otras compañías

► Defensa Penal

► Además contarás con una asesoría telefónica continua y nos haremos cargo de todos los gastos jurídicos

► Honorarios de abogados y procuradores

► Costas judiciales

► Gastos de peritaje

► Notaría


Coberturas Opcionales


✔  Esta cobertura te garantiza los gastos de repara de los daños causados de mala fe e intencionados por el inquilino, con un límite que se pacta a la hora de suscribir la póliza y que figura en las condiciones particulares de la misma.

¿Cómo te ayuda nuestro Seguro de impago del alquiler?

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Exclusiones

Lógicamente para poder ofrecer un seguro que sea competitivo tenemos que incluir algunas exclusiones

Exclusión por tipo de alquiler y/o arrendatario

- Alquiler Temporada
- Períodos de alquiler inferior a 9 meses
- Alquileres para ejecutivos donde el arrendatario es la empresa empleadora
- Alquileres a personal diplomático y/o consular
- Viviendas compartidas o subarrendadas

Por importe del alquiler

- No se podrá contratar este seguro si se superan los límites establecidos en cada provincia. Consśltanos.

Por tipo de vivienda

- Viviendas con superficie inferior a 25 m2 construidos
- Viviendas que no cuenten con suministros
- Viviendas en edificios en ruina
- Viviendas con materiales combustibles en más del 25%
- Viviendas de más de 50 años reformar
- Viviendas prefabricadas
- Viviendas situadas fuera del territorio español
- Viviendas en edificios en construcción
- Viviendas en las que se realicen actividades industriales o comerciales

Por ingresos del arrendatario

- El importe del alquiler no podrá superar el cuarenta por ciento de los ingresos netos anuales del arrendatario
- El arrendatario deberá contar con al menos un año de antigüedad en la empresa, si no tiene contrato indefinido
- Si el arrendatario es estudiante no podrá contratarse el seguro
- El arrendatario deberá justificar sus ingresos si no tiene contrato laboral

Consulta también nuestro seguro de hogar