PROTECCIÓN DEL ALQUILER
Caser Alquiler ATODORIESGO
Protege tu inversión asegurando el impago de las rentas de tu vivienda alquilada
Pagamos antes
Desde que se pone la demanda de desahucioPagamos mejor
Todas nuestras garantías son sin periodo de carenciaPagamos siempre
Incluso aunque el inquilino se declare insolvente
Coberturas Básicas
Coberturas Opcionales
¿Cómo te ayuda nuestro Seguro de impago del alquiler?
Exclusiones
Lógicamente para poder ofrecer un seguro que sea competitivo tenemos que incluir algunas exclusiones
Exclusión por tipo de alquiler y/o arrendatario
- Alquiler Temporada
- Períodos de alquiler inferior a 9 meses
- Alquileres para ejecutivos donde el arrendatario es la empresa empleadora
- Alquileres a personal diplomático y/o consular
- Viviendas compartidas o subarrendadas
Por importe del alquiler
- No se podrá contratar este seguro si se superan los límites establecidos en cada provincia. Consśltanos.
Por tipo de vivienda
- Viviendas con superficie inferior a 25 m2 construidos
- Viviendas que no cuenten con suministros
- Viviendas en edificios en ruina
- Viviendas con materiales combustibles en más del 25%
- Viviendas de más de 50 años reformar
- Viviendas prefabricadas
- Viviendas situadas fuera del territorio español
- Viviendas en edificios en construcción
- Viviendas en las que se realicen actividades industriales o comerciales
Por ingresos del arrendatario
- El importe del alquiler no podrá superar el cuarenta por ciento de los ingresos netos anuales del arrendatario
- El arrendatario deberá contar con al menos un año de antigüedad en la empresa, si no tiene contrato indefinido
- Si el arrendatario es estudiante no podrá contratarse el seguro
- El arrendatario deberá justificar sus ingresos si no tiene contrato laboral
Consulta también nuestro seguro de hogar