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SEGURO DE DAÑOS INDIVIDUALES

Un mal día lo tenemos todos

Por eso la opción más inteligente es protegerte frente a aquello, que uno nunca espera.

  1. PEDIR PRESUPUESTO
seguro de accidentes

Amplias coberturas

Para que puedas prever cualquier situación que afecte al desarrollo normal de tu actividad


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Imprescindible

Tres coberturas de las que no puedes prescindir


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Personalizable

Completa tu protección con las coberturas opcionales que te ofrecemos


Coberturas Básicas<


✔  Abonaremos la prima asegurada en el caso de fallecimiento por accidente si este se produce en el instante del mismo o en el plazo de un año tras él.

✔  Si por desgracia falleces tú y tu cónyuge, los hijos menores de 18 años recibirán el doble de capital asegurado.

✔  Infarto de miocardio.

Si el fallecimiento es a causa de un infarto, abonaremos el 20% de la suma asegurada.

✔  10% por adelantado.

Adelantaremos el 10% del capital asegurado si el beneficiario así lo solicita, para cubrir los gastos de los servicios fúnebres. Sin necesidad de justificar nada.


✔  También estarás protegido si tras el accidente perdieras funcionalidades hasta el punto de declararse una invalidez absoluta.

✔  Calculo de la indemnización según baremo.

✔  Puedes sumar varias cantidades por indemnización, dependiendo de las funcionalidades perdidas, sin superar el 100% de la cantidad total.

Si tras un accidente, por desgracia fallecieses, se restarán las indemnizaciones abonadas.

Coberturas Opcionales


✔  Indemnización diaria por incapacidad para ejercer tu actividad.

✔  Existen dos opciones de contratación:

►  Por accidente y/o enfermedad

►  Sólo por accidente

►  La indemnización acaba cuando:

►  Te reincorporas a tu actividad.

►  Ya no necesitas asistencia médica.

►  Si la lesión es irreversible.
  En este caso se establece otro tipo de indemnización.

►  Si ha pasado un año desde el accidente.


✔  Indemnización diaria cuando por hospitalización

✔  La indemnización cesa cuando:

►  Sales del hospital.

►  Después de 120 días desde tu ingreso.


✔  Abonamos la indemnización si el suceso ha sido declarado judicialmente.


✔  Indemnización doble si el fallecimiento es por esta causa.


✔  Igualmente abonamos doble capital si por esta causa se produce invalidez permanente.


✔  Abonaremos una renta mensual por fallecimiento siempre que ésta haya sido reflejada en las condiciones particulares.


✔  Garantizamos una renta mensual a causa de un accidente si ésta ha producido una invalidez permanente.


✔  Estarás cubierto en todo el mundo siempre que estés a más de 25km de tu domicilio.

►  Tendrás cubiertos todos los servicios que necesites, como asistencia sanitaria, hospitalización, traslados, equipajes, transportes,etc.


✔  Tras el accidente y, al menos por un año, tendrás garantizados los gastos de asistencia sanitaria y farmacia.

Consulta también nuestros seguros de Vida

  

Agente Exclusivo de Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. CASER, inscrito en el Registro de la DGS y FP con el número C003111806159Y.- Aviso Legal -<- Política de Privacidad.

 

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